"Si tienes deudas con la Seguridad Social, aquí te explicamos cómo puedes condonarlas, y las formas para hacerlo. "
29 agosto 2022
Asociación Española de Afectados por la Deuda
Asociación Española de Afectados por la Deuda

Somos una asociación sin ánimo de lucro que ofrecemos información gratuita a las personas afectadas por sobreendeudamiento, embargos y/o subastas.

No todos los autónomos pueden pagar a tiempo la Seguridad Social. Y lo grave de esto, es que se van generando intereses por mora. ¿Es posible anular ese cobro de alguna forma, si no se cuentan con recursos? Para resolver esa cuestión, te explicaremos cómo se puede indultar y cómo se puede condonar una deuda con la Seguridad Social.

¿Qué tipo de deudas se pueden condonar a través de la Ley de Segunda Oportunidad? 

Actualmente, la Ley de la Segunda Oportunidad permite la amnistía de créditos de carácter personal, como los bancarios o con entidades financieras, tanto para autónomos como empleados dependientes.

Pero las deudas oficiales o públicas, con Hacienda y Seguridad Social, son más difíciles de indultar. Aunque no es imposible que ocurra, ya que, en varios casos, los jueces han procedido a eximir de su pago, dado el grado de insolvencia que presenta el deudor.

Por lo tanto, aunque es difícil, no es imposible remover este tipo de cargas financieras de la lista de deudas que pueden complicar el reinicio de la vida financiera, y la salida de ASNEF

El carácter privilegiado de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social

Anteriormente, las deudas contraídas con estas dos instituciones tenían un carácter privilegiado, por encima de otro tipo de compromisos financieros. Esto significaba que, en un proceso de Ley de Segunda Oportunidad, eran las primeras en saldarse.

Ese detalle privilegiado hacía que estas deudas no fueran objeto de quitas o renegociaciones, negando toda posibilidad al deudor de reducir su carga a pagar.

Gracias a las deliberaciones que se han presentado en los tribunales, especialmente en el Alto Tribunal, se llegó a la conclusión de que este tipo de deudas no debe tener un privilegio por encima de otras, por lo que es posible tratarlas en las renegociaciones de Ley de Segunda Oportunidad.

Con lo anterior, las deudas con Hacienda y Seguridad Social son candidatas a ser reestructuradas, o incluso, puede solicitarse un plan de pagos que esté acorde con la capacidad financiera del deudor para saldarlas.

¿Las deudas con la Seguridad Social prescriben?

Para tu información, debes saber que todas las deudas prescriben. Y eso implica las deudas con entidades estatales o gubernamentales.

Las deudas con la Seguridad Social tienen un plazo de prescripción de cuatro años. Pero no es muy común que ocurra, ya que esta entidad es muy precisa a la hora de hacer cobros. 

¿Cómo saber si ha prescrito una deuda con la Seguridad Social? 

La forma adecuada de saber si se tiene deudas, es consultando en el sitio web de esta entidad. Allí, con el número de afiliación, NAF, se puede solicitar un registro digital que muestre el estado.

Este estado de afiliado deberá evidenciar si se tienen pagos pendientes, además de mostrar la información del ciudadano, y el régimen al cual está adscrito. Todos estos datos deben ser consistentes.

¿Cuándo prescribe una deuda de la Seguridad Social para un autónomo?

Para quienes son autónomos, quizá sea mucha mayor la presión ante la Seguridad Social, ya que los periodos de crisis hacen que, en algunos casos, no se pueda pagar.

Muchas de las deudas que instaura esta entidad, son realizadas sin tener en cuenta las condiciones económicas de los autónomos, que pueden verse recrudecidas por la ruptura de suministros en la cadena mundial, la inflación o la tendencia a la recesión económica.

Por fortuna, las deudas no son para siempre y las que se tienen con la Seguridad Social no son ajenas a este hecho. Para su prescripción, se estipula un periodo de cuatro años, como lo menciona el artículo 66 de la Ley de la Seguridad Social.

Cabe resaltar que esta prescripción puede darse, principalmente, por la omisión en el cobro de la deuda. Si nunca se le notifica al deudor del saldo pendiente, y transcurre el tiempo antes mencionado, la deuda no podrá ser cobrada.

¿Las deudas con la Seguridad Social se pueden heredar?

Curiosamente, las deudas tienen la particularidad de ser heredables. Cuando ocurre una defunción, los sucesores no sólo pasan a ser propietarios de los activos, sino también de los pasivos, es decir, los compromisos financieros.

Es importante hacer notar aquí que el fallecido puede haber designado a una persona diferente a sus hijos, o descendencia, para ser el heredero. En este caso, será éste quien deba resolver los asuntos de deudas que quedaron pendientes.

La única forma de no heredar una deuda con la Seguridad Social, es que el sucesor legal no acepte la herencia, negándose a hacerse cargo del patrimonio. Para esta situación, serán los abogados quienes discutirán cómo saldar la deuda con las propiedades y bienes que quedaron.

Otra salvedad es que los herederos pueden afrontar la deuda de la Seguridad Social sólo con el patrimonio del fallecido, si lo reciben a manera de inventario. De esta forma, no comprometen su patrimonio personal, en caso de que la deuda sea de grandes proporciones. 

Esta información se puede encontrar mucho más ampliada en el Real Decreto 1415 de 2004, en su artículo 15. 

La reforma de la Ley de Segunda Oportunidad

Dada la crisis por la que se está atravesando a nivel mundial, muchos autónomos han exigido que las deudas con entidades como Hacienda Y Seguridad Social puedan ser replanteadas.

Es por ello que se ha formulado la posibilidad de radicar una reforma a la Ley de la Segunda Oportunidad, donde se incluya la exoneración y cancelación total de las deudas con Hacienda Y Seguridad Social, claro está, dependiendo del caso y la situación del deudor.

Con ello, se podrían dar exoneraciones en deudas de carácter público de entre el 70% y el 100%, como se hace con deudas de tipo privado, o personales. 

En resumen, las deudas con la Seguridad Social sí se pueden absolver, aunque sea difícil, gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. Si se aprueban las nuevas reformas, este proceso será mucho más sencillo, pero siempre es bueno contar con asesoría jurídica, para que el caso llegue al fin esperado: la emisión del BEPI definitivo.

¿Tienes un caso similar? No dudes en exponerlo ante nosotros. Podemos indicarte cuáles son las maneras de actuar, para que salgas bien librado de la situación. 

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