Al llevarse a cabo un proceso para acabar las deudas, se debe estipular qué tipos de acuerdos se van a realizar. Aquí te diseccionamos uno de los más importantes: el modelo de plan de pagos en la Ley de la Segunda Oportunidad.
En qué consiste el plan de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad tiene como objetivo la exoneración de las deudas. Pero esta exoneración puede darse de forma parcial o total.
La anulación de parte de las deudas puede deberse a que la situación económica del endeudado cambió significativamente, dejándolo con ingresos muy ajustados o a que su capacidad de crédito superó ampliamente el umbral adecuado para su solvencia. Pero, aún así, puede responder con unos montos mínimos a los acreedores.
En cambio, la exoneración definitiva se da cuando la insolvencia es total y no se pueden asumir los pagos de ningún tipo de deuda.
En caso de que sea parcial, el modelo del plan de pagos pasa a ser el protagonista. Este es un acuerdo que se formula con el (o los) acreedores.
Dicho pacto debe especificar de qué manera se van a realizar los pagos, pero debe estar ceñido a las posibilidades reales del deudor.
Cómo hacer un plan de pagos
Para la realización de un plan de pagos se debe tener definido hacia dónde avanzará el proceso: si hacia una exoneración total o si sólo se podrán cancelar algunas deudas.
Teniendo este segundo escenario, es el mediador concursal quien presentará a los acreedores un acuerdo o plan de pago, según las condiciones del deudor. Para presentarlo, debe hacerlo con una anterioridad de 20 días a la reunión con los acreedores.
Este plan debe incluir las quitas de deuda a aplicar y la cantidad de intereses a exonerar. También debe especificarse si se darán bienes o propiedades como forma de pago o si se pueden ceder acciones o inversiones que sean de interés para los acreedores.
Algunos bienes no pueden negociarse, como aquellos que son de carácter indispensable para la subsistencia del deudor o para la ejecución de su labor profesional, si la tuviera.
Modelo del plan de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad
El modelo debe recoger los ingresos del deudor, los gastos fijos de este, y la cantidad de acreedores con los que se tienen deudas abiertas, más una proyección de pagos por año:
¿Y si incumplo el plan de pagos?
Incumplir el plan o acuerdo de pagos supone incumplir el BEPI provisional que fue otorgado con éste. Por lo tanto, se perderían los beneficios de las quitas de deudas y los aplazamientos.
Existe un caso excepcional y es cuando se puede demostrar que el deudor padece una insolvencia total y no puede hacerle frente a ninguna deuda, puesto que sólo cuenta con unos mínimos para su subsistencia.
En este caso, el juez puede emitir un BEPI que elimina de manera definitiva todas las deudas contraídas.
Cómo funcionan los planes de pagos
La celebración del plan de pagos entre deudor y acreedor (o acreedores) se hace por solicitud del mediador concursal, quien realizará un informe.
Este informe presentará los puntos que se desean acordar en cuanto a fechas, prórrogas y quitas de deuda.
Si el acuerdo avanza, se estipulan unas fechas de pago, que generalmente son mensuales. Tales pagos se hacen a conformidad con las entradas de dinero del deudor, sus gastos fijos básicos y la cantidad de deudas a pagar.
Vencimiento del plazo acordado
Con esta reestructuración de las deudas, el deudor se compromete a realizar los pagos durante cinco años aunque, en algunos casos, pueden ser diez.
Durante este tiempo, los créditos no pueden exigir intereses, ni tampoco se pueden abrir viejas deudas que no hayan sido recogidas en el plan.
Por último, si el plan de pagos se lleva a cabo sin sobresaltos, se da por terminada la deuda. En caso contrario, si hay un incumplimiento, los acreedores pueden solicitar la revocatoria del BEPI provisional y exigir el pago total.
Ante esta situación, si se tiene una buena representación judicial, se puede solicitar un BEPI definitivo por insolvencia total.
Ventajas del plan de pagos para los acreedores
Considera la siguiente situación: ¿es mejor recuperar un poco de algo o perderlo todo? Algo similar es lo que ocurre cuando un acreedor entra a negociar con el deudor.
El plan de pagos le otorga al demandante la posibilidad de recuperar, aunque sea en parte, lo que le corresponde. De otro modo, y si es inflexible, puede someterse a que no tenga la potestad de reclamar en el futuro.
De esta forma, puede decirse que una gran ventaja para los acreedores es que les asegura, en gran medida, un retorno de la deuda, según las posibilidades del moroso.
Ventajas del plan de pagos para el deudor
A pesar de que pueda ser una situación muy estrecha económicamente, el plan de pagos presenta varios beneficios para quienes lo toman.
Para empezar, al iniciar un acuerdo de pago se congelan todos los intereses de las deudas que entre en dicho plan. También elimina la posibilidad de que nuevos cobradores aparezcan a realizar demandas o exigencias.
Adicionalmente, provee al deudor de unos plazos lo suficientemente razonables para que pueda hacerles frente a los compromisos financieros.
Como puedes observar, acogerse a un plan de pagos en la Ley de la Segunda Oportunidad es una buena opción para volver a enrutar la vida financiera y quitarse a los cobradores insistentes.
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