"El acoso telefónico por deudas se puede detener siguiendo los pasos que te damos en este artículo."
28 febrero 2022
Asociación Española de Afectados por la Deuda
Asociación Española de Afectados por la Deuda

Somos una asociación sin ánimo de lucro que ofrecemos información gratuita a las personas afectadas por sobreendeudamiento, embargos y/o subastas.

Pocas cosas son tan molestas como recibir llamadas insistentes de los acreedores. ¿Sabes cómo actuar frente al acoso telefónico por deudas?

Por una parte, los acreedores van a buscar recuperar lo que les corresponde. Pero, desde la otra orilla, tenemos que el deudor no puede vivir con la ansiedad constante de estos cobros.

¿Es legal que te llamen de forma persistente? ¿La ley te protege ante este escenario? En las siguientes líneas te explicaremos cómo puedes hacerle frente a esta molesta situación.

Qué se considera acoso telefónico

Partamos de la definición de acoso. Se le puede definir como un comportamiento reiterado y perturbador, el cual ataca la dignidad de la víctima.

El acoso puede generar serios problemas psicológicos, ya que las amenazas o humillaciones constantes pueden desencadenar inestabilidades físicas y emocionales.

El acoso telefónico no es ajeno a ello, ya que recibir llamadas hostiles e insistentes de los acreedores puede elevar el estrés y las malas decisiones que tome una persona.

Es así como se le considera acoso telefónico por deudas a las llamadas reiterativas de acreedores, que no respetan horarios, invaden el tiempo personal y familiar, y generan ansiedad con intimidaciones.

Afortunadamente, muchas de esas intimidaciones son sólo exageraciones para generar presión.

Dado que el sistema judicial tiene miles de casos que llevar a cabo, es muy probable que las hostilidades que mencionan los cobradores no sucedan tan de inmediato como suelen hacer creer.

Aun así, no hay que confiarse, sólo por el hecho de que esas agrias palabras no pueden materializarse pronto. Obtener un respaldo jurídico es la mejor forma de blindarse en los procesos de cancelación de deudas.


El papel de las empresas de recobro

El acoso telefónico por deudas es uno de los mecanismos principales de las empresas de recobro, ya que ha mantenido cierto nivel de efectividad.

¿La razón? Nadie quiere meterse en problemas. Y los recaudadores lo saben. Es por ello que siempre lanzan amenazas a los deudores.

Las amenazas del acoso telefónico generalmente son intimidaciones referentes a la cárcel, la pérdida de libertad, o el embargo total de salario y bienes.

Al mencionar escenarios catastróficos como los descritos, generan lo que quieren: que el miedo se apodere del deudor, y que tome decisiones terribles para su salud financiera.

Por ejemplo, una pésima decisión es generar más deudas para pagar las anteriores. Esto sólo funciona en el caso de un proceso de Ley de Segunda Oportunidad, debido a que se unifican todas las deudas.

Una sugerencia que se debe tener en cuenta para hacerle frente a los acreedores, es no dejarse aterrorizar con lo que puedan decir. Hay mecanismos que protegen al ciudadano contra el acoso telefónico por deudas, como veremos más adelante.


Qué hacer ante el acoso telefónico por deudas

Tener una buena representación jurídica es el primer paso para detener las molestas llamadas por acoso telefónico por deudas.

Mencionar ante los acreedores que toda la comunicación se debe hacer mediante el abogado, te quitará un gran peso de encima.

Los profesionales de las leyes pueden asesorarte en qué responder. De esta manera, no te sentirás presionado a dar fechas de pago o crear promesas imposibles. Es el abogado quien resolverá la situación.

Indicarles a los acreedores que harás las denuncias respectivas a tus abogados, es otra forma de para la situación. De esta forma, ellos sabrán que estás bien respaldado, y no podrán acudir a la estrategia del miedo.


El acoso y las amenazas, delitos en el Código Penal

El acoso es un delito, y por ello, el acoso telefónico por deudas, también lo es. De hecho, el Código Penal, en sus artículos 169 y 172 estipula este tipo de vulneración a la ley.

Ahora bien, para hacer valer tu derecho a la defensa contra este delito, debes exponer el caso ante un Juzgado de Guardia, o los agentes de seguridad.

Es importante que cuentes con pruebas para instaurar la denuncia. Estas pruebas pueden ser grabaciones de las llamadas.

Aquí cabe resaltar que una buena forma de detener el acoso telefónico por deudas, es justamente mencionarle a la contraparte que la llamada puede ser grabada.

El simple hecho de mencionarlo, puede hacer que los cobradores disminuyan su periodicidad en las llamadas, o que cesen las amenazas.

Conoce tus derechos

Solo un juez puede emitir las órdenes de embargo, o pronunciar sentencias de carácter penal, donde se te condene. Por lo tanto, ten presente que muchas de las amenazas de los cobradores no son efectivas en la práctica.

De hecho, para el caso de España, el no pagar las deudas no es condenable con ir a la cárcel.

Lo que sí puede ocurrir es que tu vida financiera se vea gravemente afectada con malos reportes en centrales de riesgos, o que te ingresen a la lista de morosos. Como ya es sabido, esta situación limitará tu crédito.

Incluso si van a realizarte un embargo, este procedimiento debe notificarse por un juez.  Además, tendrás un tiempo para responder, así como unas fechas para acudir a un juzgado.

Detener el acoso telefónico de acreedores
El acoso telefónico por deudas se puede detener con la asesoría adecuada.

En conclusión, el acoso telefónico por deudas se puede detener, si se cuenta con una buena representación judicial. No dejarse atemorizar, y mantener la calma, son los dos pilares para detener esta situación.

Si deseas tener un buen respaldo para acabar con las deudas, te podemos asesorar con los mejores especialistas en este campo.

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