Aunque existen diferentes tipos de deuda, hoy vamos a centrarnos en una de las deudas que suele ser más común: la deuda líquida. Este tipo de deuda se refiere a las que son cuantificables, es decir, aquellas en las que se sabe cuánto es el valor a pagar desde un principio.
También se le considera deuda líquida a aquella que puede determinarse a partir de cálculos, como cuando se compra un determinado bien o se toma un servicio para pagar posteriormente.
Aunque pareciera que todas las deudas tienen unas cifras claras de pago, lo cierto es que no todas son consideradas “deudas líquidas”. Esto se debe a que, por los intereses u otros factores, se puede ver afectado el valor que se paga al final.
Por ejemplo, no pueden ser cuantificadas con exactitud las deudas que se tienen por un perjuicio a un tercero, ya que todo dependerá de cómo se lleve a cabo el proceso.
Es muy común que la deuda líquida se aplique cuando se adquieren propiedades o bienes físicos, ya que estos tienen una tarifa exacta y determinada a la hora de realizar la transacción.
Las deudas que se pagan directamente con otros bienes y no con dinero están exentas de ser declaradas como deudas líquidas. Tampoco lo son aquellas que se paguen o amorticen con trabajo social o similares.
Con esto último, podemos decir que es requisito indispensable que la deuda líquida sea representada en dinero y se pague en moneda igualmente. Mientras no esté vencida, no se admite el pago de otra forma.
La importancia de saber si una deuda es líquida
Las deudas líquidas tienen un gran peso en las finanzas de cualquier persona, ya que son éstas las que se pueden reclamar por medio de la jurisprudencia, en caso de no saldarse.
Esto quiere decir que son las deudas que pueden generar embargos, por lo que es muy importante tenerlas presentes, y evitar morosidad.
Por ejemplo, si has comprado un coche, pero presentas retrasos en el pago de las cuotas, significa que tienes una deuda líquida. De no saldarse, pueden proceder a realizar embargos.
A pesar de que existen algunas formas de evitar un embargo, tarde o temprano se tendrá que pagar, incluso con bienes materiales. Por lo tanto, lo mejor es no dejar que este tipo de situaciones se tornen cada vez más complejas, ya que las acciones legales suelen ser más difíciles de manejar.
Tipos de deuda líquida
Todas las deudas líquidas comparten las características de ser contabilizadas sobre cantidades exactas, pero se diferencian en que puede cambiar su condición o estado, lo cual es importante para el reclamante, a la hora de hacer cualquier movimiento judicial.
Las deudas líquidas pueden ser exigibles o pueden tener un estado de vencimiento. Ambas condiciones le otorgan al acreedor la posibilidad de reclamar, vía judicial, el pago de lo adeudado.
Deuda líquida y deuda exigible
La deuda exigible se refiere al hecho de que no se tenga ningún impedimento judicial para reclamar. En muchas ocasiones, algunos deudores pueden presentar obstáculos para el pago ante el reclamante, como tener embargos en su salario.
Deuda líquida vencida
Se considera una deuda líquida vencida aquella que no se ha abonado, habiendo transcurrido el plazo máximo fijado para ello.
También se considera vencida la deuda que no cumple con los pactos o cláusulas estipuladas en el contrato de crédito, incluso si es verbal.
El simple hecho de tener retrasos en los pagos, o de no respetar los acuerdos de un crédito, dando así incumplimiento a lo que el acreedor espera, hace que una deuda se pueda considerar vencida.
El juicio monitorio ante una deuda líquida
El juicio monitorio es un procedimiento muy común cuando se trata de cobrar una deuda. Es un tipo de acción legal que agiliza el recaudo por parte de acreedores ante personas que no han realizado los pagos.
Cuando se acepta, el deudor cuenta con un plazo de pago. De no realizarse, se da vía a ejercer los embargos correspondientes para amortiguar lo adeudado.
Para la realización de este procedimiento, la deuda debe cumplir varios requisitos, además de ser líquida. Entre ellos, encontramos que debe ser dineraria (o representada y cobrada en dinero, como se mencionó), debe encontrarse vencida y debe ser exigible.
En el juicio monitorio, el reclamante debe ser capaz de demostrar que se le debe cierta cantidad, ya bien sea con los documentos que acrediten el contrato, o con cualquier medio que relacione al deudor y acreedor con lo pactado.
Cabe resaltar que, si el reclamante nunca hace uso de mecanismos para cobrar la deuda, no puede darse sentido de morosidad como tal, por lo que el deudor podría librarse de la deuda.
Las entidades bancarias y muchas instituciones más saben de ello, por lo que es muy difícil que no realicen el cobro de las deudas que se tienen pendientes. Con lo anterior, esperar a que nunca cobren es un mecanismo más que descartable para librarse de las deudas.
Si tienes problemas con las deudas líquidas, podemos darte algunas opciones con nuestros especialistas. El acompañamiento profesional es indispensable para un buen desenlace.