08 enero 2023
Asociación Española de Afectados por la Deuda
Asociación Española de Afectados por la Deuda

Somos una asociación sin ánimo de lucro que ofrecemos información gratuita a las personas afectadas por sobreendeudamiento, embargos y/o subastas.

No son pocas las personas que tienen deudas tributarias o con el Estado, por diversas razones. Y muchas de ellas con mucho tiempo sin abonar. Pero, ¿tiene esto consecuencias muy graves? ¿Qué te puede embargar Hacienda? Aquí resolveremos esas dudas.

¿Qué pasa si no puedo pagar a Hacienda?

Las tan temidas deudas con Hacienda deben su reputación a que esta entidad nunca olvida cobrar y es completamente tajante con los pagos. De hecho, es de las deudas que más problemas acarrea, ya que sus intereses son altos y pueden desencadenar consecuencias judiciales, en caso de que exista fraude.

¿Cómo saber si tengo un embargo con Hacienda?

Hay dos maneras puntuales de saber si hay embargos próximos a ponerse en marcha por Hacienda: la primera, es por medio de una diligencia de embargo, que se publica en diferentes medios y puede ser consultada en el sitio web de esta entidad. La segunda es mediante una sentencia judicial, la cual es una notificación emitida por un juez al domicilio del deudor.

En esta segunda forma hay que activar todas las alarmas, ya que se trata de una orden emitida por un juzgado, donde los embargos se efectúan de manera casi inminente, si no se reacciona inmediatamente.

¿Cuánto me puede embargar Hacienda?

Ante la gran cantidad  de impagos que hay, Hacienda ha puesto a disposición de los contribuyentes una herramienta virtual para calcular cuánto se puede embargar del salario de un trabajador. Esta herramienta se denomina “asistente virtual de recaudación”.

Los cálculos se hacen dependiendo si el deudor devenga un salario mensual, si es diario o si es autónomo y tiene ingresos fluctuantes.

¿Qué bienes me puede embargar?

Al igual que muchas otras deudas, las de Hacienda pueden llegar a los estrados judiciales, lo que se traduce en embargos y confiscaciones. Dado lo anterior, es posible embargar parte del salario, las cuentas bancarias, el coche y, en casos de deudas muy altas, la vivienda.

Los intangibles también son embargables, como las acciones, inversiones, títulos de valor o las rentas, sean estas ocasionales o periódicas.

Claro está que todos los embargos tienen un límite, ya que no es posible despojar de todo al deudor, en caso de que su deuda sea de gran cuantía.

¿Qué ingresos no se pueden embargar?

Según lo establecido por la ley, todo deudor tiene un margen que lo protege, para que no quede completamente desamparado por la cantidad de deudas. Es por ello que se ha declarado que el Salario Mínimo Interprofesional, SMI, no puede ser embargado. Tampoco se puede embargar la pensión mínima.

Ahora bien, cualquier cantidad que sobrepase lo establecido por ley para estas retribuciones sí se puede embargar, de acuerdo a ciertos porcentajes. Por ejemplo, para alguien que devengue dos SMI, le podrá ser retenido hasta el 30% del segundo.

¿Cuánto tiempo tarda Hacienda en dar una orden de embargo?

El tiempo de embargo generalmente es de 40 días hábiles desde que el juez emite la orden. Durante este lapso, se tiene un margen de 20 días para trámites y firma y otros 20 días para que empiece a ejecutarse el embargo como tal.

¿Qué se debe hacer ante un embargo de Hacienda?

Lo primordial ante un embargo de Hacienda es solicitar el expediente administrativo. Allí se contemplan todas las disposiciones por las cuales se está realizando el embargo.

Este documento será importante en la medida que es la forma de verificar si existe alguna inconsistencia. De haberla, se puede pedir la reclamación y detener el embargo.

En caso contrario, lo que se debe hacer es intentar llegar a un acuerdo para el pago o intentar el levantamiento del embargo.

¿Cómo levantar el embargo?

Puede ser un proceso difícil, pero con buena asesoría es posible lograrlo. Los embargos se pueden levantar por un recurso de reposición o por una reclamación económico – administrativa.

Para cualquiera de estos dos casos, el requisito es que la deuda esté prescrita o que no se haya dado la notificación de embargo de forma adecuada. También puede levantarse si se dio incumplimiento a alguno de los estatutos de las leyes de embargo.

Dado que esto puede ser difícil de identificar para alguien no experto en el tema de las leyes, es altamente recomendable que el proceso se realice con el respaldo de un abogado. Con ello, se garantiza que no se presente un rechazo.

¿Cómo llegar a un acuerdo con Hacienda para pagar una deuda?

Cuando se emite una orden de embargo proveniente de Hacienda, es posible detenerla solicitando un aplazamiento. Este debe ir respaldado por un acuerdo de pagos o un fraccionamiento de la deuda, que se esté en capacidad de pagar.

Es de resaltar que este fraccionamiento no se otorga, por lo general, a deudas pequeñas. Debe existir al menos una morosidad de 30.000 euros para que se pueda brindar el beneficio.

En resumen, Hacienda puede embargar tanto bienes materiales como inmateriales: salarios, rentas, cuentas bancarias, ¡hasta el coche y la vivienda! Por ello, es mejor no subestimar las deudas con esta entidad. Si no puedes hacer frente a esas obligaciones, es una buena opción entrar a la Ley de la Segunda Oportunidad, que ahora permite renegociar, o acabar, los compromisos económicos públicos.

¿Necesitas ayuda? ¡Nosotros te la brindamos! Cuéntanos tu caso, y buscaremos la mejor solución a tus problemas de deudas. 

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