"¿Te han notificado el embargo de tu coche pero su uso es imprescindible para tu trabajo? Descubre en este post si pueden hacerlo y cómo tienes que actuar."
07 agosto 2023
Asociación Española de Afectados por la Deuda
Asociación Española de Afectados por la Deuda

Somos una asociación sin ánimo de lucro que ofrecemos información gratuita a las personas afectadas por sobreendeudamiento, embargos y/o subastas.

Cuando tienes deudas con una entidad bancaria o una persona física o jurídica y no puedes pagarlas, es posible que temas la pérdida de tus bienes y adquisiciones. En casos como estos ¿me pueden embargar el coche si lo necesito para trabajar? Quédate leyendo para averiguarlo.

Embargo de recursos: necesito el coche para trabajar

El coche no está entre los primeros bienes embargables cuando alguien tiene una deuda. Es más, incluso en el artículo 522 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil donde se especifica  lo que puede ser embargado, el coche está en el puesto número siete, incluido en la categoría de bienes inmuebles.

En el orden de embargos, está en primer lugar el dinero o cuentas corrientes de cualquier tipo, seguido por los créditos y derechos realizables a corto plazo, así como los valores o instrumentos financieros admitidos en una negociación de mercado. Luego están las joyas, los objetos de arte y los sueldos, salarios y pensiones, entre otras cosas.

Pero, retomando el tema inicial, en caso de que se llegue a solicitar el coche para un embargo, tienes que saber que, si lo necesitas para hacer más sencilla tu vida, como por ejemplo para desplazarte hacia el trabajo, sí te lo pueden embargar, ya que no es imprescindible para tranajar.

Sin embargo, , si el coche es imprescindible para ejercer tu trabajo y, por tanto, , es tu medio de ingresos y es totalmente necesario tenerlo, no pueden embargarte.

Quién puede ordenar el embargo de un coche

Como cualquier otro embargo, el que se dicta contra un coche solo puede ser ordenado por  el Juzgado y la Autoridad administrativa, en ningún caso por el acreedor, con independencia de que se trate de una entidad bancaria, un fondo buitre o cualquier otro ente. Sobre esto profundizaremos más adelante.

Juzgado

El juzgado puede embargar el coche cuando la deuda por la que se esté intercambiando el vehículo sea con una entidad financiera, con la empresa que te vendió el coche o con otra entidad privada.

En principio, lo que hará el juez es solicitar que pagues la deuda, si no aceptas en el plazo estipulado se procederá con el embargo de los bienes a tu nombre, pero, como te dijimos antes, el coche no está entre los primeros bienes embargables.

Autoridad administrativa

La otra entidad que puede solicitar el embargo de un coche es la Autoridad Administrativa, en caso de que la deuda que hayas contraído sea de una entidad pública como Haciendo o Seguridad Social.

Para este tipo de embargo no es necesario contar con la intermediación de la autoridad judicial.

¿Qué ocurre si el valor del coche no cubre el importe de la deuda?

Si el valor del coche no cubre el importe total de la deuda pueden suceder dos casos hipotéticos. El primero es que se embarga el coche y el valor que tenga, aunque sea insuficiente, se tome como abono a la deuda para luego seguir con lo que continúa en la lista de embargos después de los bienes inmuebles.

Según el artículo 522 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, a continuación vendrían los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas, seguido de los créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.

El segundo caso hipotético es menos alentador, si se ve desde un punto de vista favorable a la reducción de la deuda adquirida, pues también puede suceder que el coche no tenga un valor mínimo para ser subastado y pagar con su venta la inversión que se hace en el proceso judicial y por estas razones no se embargue.

Este tipo de condiciones se dan sobre todo cuando los coches que pueden ser potencialmente embargables son de modelos muy antiguos y su valorha disminuido tanto en el mercado que resulta poco rentable realizar la subasta.

¿Puedo circular con el coche embargado?

Sí, puedes circular libremente con tu coche embargado siempre y cuando no esté precintado o se te haya prohibido conducirlo. El precintado es una medida cautelar impuesta por la policía con orden judicial en la que se prohíbe que el coche pueda ser utilizado.

¿Puedo vender un coche con embargo?

La respuesta es sí, puedes vender un coche embargado,   pero el comprador  debe tener pleno conocimiento del estado de embargo.

Después de que hables con el posible comprador del coche puedes llegar a un acuerdo sobre el pago del embargo que, por sentido común, debe ser asumido por el dueño inicial del coche.

¿Cuándo caduca el embargo del coche?

El embargo del coche y de los otros bienes inmuebles embargados caduca en un plazo de cuatro años, pero es posible aplazar el embargo en varias ocasiones y después de cada aplazamiento  el plazo de caducidad volverá a reiniciarse.

¿Cómo puede ayudarme la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad que le permite a personas y particulares negociar de nuevo sus deudas o, en caso de no tener la posibilidad de pagarlas, eliminarlas de forma parcial o total se puede aplicar también en este tipo de situaciones.

Pero la Ley de Segunda Oportunidad tiene también sus requisitos, por ejemplo, para poder solicitar su aplicación es necesario que la persona endeudada tenga cuentas pendientes con varios acreedores.

¿Tienes deudas y crees que tu coche puede ser embargado? ¿Tienes dudas sobre las ocasiones en las que se puede embargar el coche? Nuestro equipo escuchará tu caso y hará lo posible por ayudarte. ¡Contáctanos ahora!. 

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